· Existen casos en que algunos infractores podrían conseguir autorizaciones después de infringir la ley, por falta de claridad en la ley: Sen. Jorge Aréchiga

El senador Jorge Aréchiga Ávila, diputado del Partido Verde, señaló que la Ley General de Vida Silvestre no define con claridad la operatividad del padrón de infractores, por lo que se vulnera la esfera jurídica y beneficia a los infractores con la obtención de autorizaciones para el aprovechamiento de especies de vida silvestre.

Por ello, celebró que recientemente el Senado de la República se aprobó una iniciativa de reformas que propuso para fortalecer el marco jurídico ambiental para la conservación de estas especies.

Y es que, al realizar un análisis del padrón de la página de infractores, de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, en algunos casos se encuentra el nombre de la Unidad de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre, de los predios e instalaciones, pero no el nombre de los responsables técnicos, propietarios o poseedores de esos predios lo que permite que estos infractores puedan seguir recibiendo permisos para el aprovechamiento de estos ejemplares.

Entre las infracciones que cometen se encuentran: causar la destrucción o daño de la vida silvestre o de su hábitat; realizar actividades de aprovechamiento con ejemplares o poblaciones de especies silvestres en peligro de extinción o extintas en el medio silvestre, sin contar con la autorización; manejar ejemplares de especies exóticas fuera de confinamiento controlado o sin respetar los términos del plan de manejo aprobado; presentar información falsa a la Secretaría; poseer ejemplares de la vida silvestre fuera de su hábitat natural sin contar con los medios para demostrar su legal procedencia; realizar medidas de control y erradicación de ejemplares y poblaciones que se tornen perjudiciales para la vida silvestre sin contar con la autorización, entre otros.

Por ello, resaltó la importancia de fortalecer los mecanismos institucionales para la debida integración del padrón de infractores, pues es una herramienta de protección y conservación de las especies de vida silvestre.

Además, se adiciona un párrafo al artículo 120 de esta ley para evitar que los animales confinados por las autoridades sean canalizados a las Unidades de Manejo para la conservación de la vida silvestre cuando los responsables técnicos, propietarios o legítimos poseedores estén en el padrón de infractores.

Por lo que celebró la aprobación de esta propuesta que también fue apoyada por el senador Gerardo Flores Ramírez, con la que se contribuye a proteger la biodiversidad del país.

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO​