Bajo ese tenor, propusieron una iniciativa que busca reformar la Ley General de Salud para que la Secretaría de Salud (SSA) determine los indicadores de seguimiento y evaluación del Sistema Nacional de Salud y establezca los términos y condiciones para el cálculo de los indicadores de calidad en la materia.

“La SSA instrumenta mecanismos dirigidos a homologar la calidad técnica e interpersonal de los servicios de salud en el país, incluyendo mejoras al Sistema Nacional de Indicadores de Calidad en Salud (INDICAS) pues permiten evaluar los procesos de atención médica y su efectividad, mejorar la calidad de la información y evitar el autorreporte de las unidades, entre otras acciones”, indicó.

La senadora mexiquense recordó que cuando se creó el Consejo Nacional de Salud (CNS) elaboró en 1996 una lista de 71 Indicadores de Resultado, con los que se buscó evaluar los servicios de salud, pero que en 1998 se redujo a 46 indicadores.

En el 2001 en vista de los cambios en el perfil epidemiológico del país, el CNS volvió a revisar los indicadores mediante una lista, la cual agrupó según los atributos deseables del sistema de salud, los cuales fueron: anticipación; efectividad; disponibilidad y accesibilidad; calidad, eficiencia y sustentabilidad.

Comentó que el seguimiento y la evaluación de las acciones dentro de un programa son los dos componentes básicos que cierran el ciclo de todo proceso de planeación, y garantizan que las estrategias alcancen los objetivos propuestos.

“También permiten reorientarlos cuando las circunstancias así lo requieren, pues el seguimiento y la evaluación permiten contrastar lo hecho con lo que se planeó y programó originalmente, lo que obliga a que la ejecución y evaluación sean dos procesos que se llevan a cabo de manera paralela para complementarse.

Barrera Tapia aseveró que la SSA, a través de la Dirección General de Información en Salud tiene bajo su responsabilidad la Coordinación del Sistema Nacional de Información Básica en Materia de Salud, y del Sistema Nacional de Información en Salud, que le corresponde elaborar, difundir, vigilar la normatividad para los procesos de diseño, captación, integración procesamiento y difusión de las estadísticas en salud.

“Además, tiene la atribución de generar la información estadística en salud que requieran las unidad administrativas de la SSA, de otras dependencias y entidades”, agregó.

Por ello, la legisladora ecologista reiteró en la necesidad de incluir en la Ley General de Salud que la SSA determine los indicadores que deberán utilizarse.

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO